La Ley 10/2010 exige a los sujetos obligados encomendar la auditoría del Modelo de PBCFT a un experto que reúna condiciones académicas y de experiencia profesional idóneas para desempeñar su función. No obstante, la normativa no precisa qué entiende por estas condiciones. Tampoco contempla ningún mecanismo para que los sujetos obligados puedan tener información fiable e independiente sobre la competencia de los expertos externos.

Todo ello, generaba una situación de inseguridad en el mercado y en el contexto de los sujetos obligados. Asimismo, ello también suponía una exposición a riesgos legales, económicos y reputacionales para aquellos sujetos obligados; que finalmente optaban por un experto externo que no ofrece garantías adecuadas.

Por estos motivos, surge el esquema de acreditación promovido por ENAC para la realización de exámenes por experto externo en materia de PBCFT. Ello busca aportar confianza al mercado y aumentar la seguridad jurídica de los sujetos obligados. Asimismo, este esquema ha sido valorado de forma muy positiva por parte de la autoridad competente; el SEPBLAC, al considerar que supone una garantía para la auditoría externa que deben realizar los sujetos obligados teniendo en cuenta que se trata del punto de partida de cualquier investigación o inspección.

Beneficios del sujeto obligado que elige a un Experto Externo Acreditado por ENAC

Teniendo todo esto en cuenta, ¿qué concretos beneficios tendría un sujeto obligado que elige un experto externo acreditado por ENAC?

  1. Garantías de disponer de auditores totalmente capacitados, que cumplen con exigentes requisitos en materia de formación, experiencia y cualificación técnica.
  2. Realización de una auditoría basada en una metodología exhaustiva y basada en estándares nacionales e internacionales (UNE-EN ISO/IEC 17020, ISO 19011, CEA ENAC 25).
  3. Plenas garantías de independencia e imparcialidad a la hora de evaluar el Modelo de PBCFT del sujeto obligado.
  4. Comprobación fehaciente de un adecuado diseño teórico y de la efectividad de la operatividad práctica de los 47 ítems recogidos en la Orden EHA 2444/2007 que deben ser auditados.
  5. Realización de muestreos y pruebas sustantivas orientadas a evaluar minuciosamente la eficacia del Modelo de PBCFT.
  6. Seguridad y diligencia en la selección del experto externo, cumpliendo con las exigencias indicadas en la normativa.
  7. Confianza y tranquilidad al optar por una entidad acreditada y auditada anualmente por ENAC.

KEY AUDITORS ha sido la primera empresa española en conseguir la acreditación de ENAC; para la realización de auditorías por experto externo en materia de PBCFT. Nuestro objetivo es ser la auditora de referencia para aquellas empresas que creen fielmente en la importancia del cumplimiento normativo y la mejora continua. Si formas parte de una entidad que es sujeto obligado; y estás interesado en comentar directamente con nosotros los beneficios de elegirnos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.