¿Por qué hay que realizar una auditoría por un experto externo sobre el Modelo de PBCFT?

La Ley 10/2010 exige a las entidades consideradas “sujetos obligados” la realización de auditorías por un experto externo.

Esta auditoría evaluará la adecuación y eficacia de las medidas y órganos de control interno implementadas por los sujetos obligados. El resultado será la valoración del cumplimiento de las obligaciones existentes, así como la detección de eventuales rectificaciones o mejoras del Modelo de PBCFT.

Los exámenes externos deben ser realizados con carácter anual, elevándose en el plazo máximo de 3 meses desde la fecha de emisión a los órganos de administración de la entidad, con el fin de que se adopten las medidas necesarias para solventar las deficiencias identificadas.

En cuanto al experto externo que realizará la auditoría, la normativa exige que reúna condiciones académicas y de experiencia profesional que garanticen su idoneidad. Asimismo, se requiere que el auditor no haya prestado o preste cualquier otra clase de servicios durante los tres años anteriores o posteriores a la emisión del informe.

Infracciones por incumplimiento

Según los datos publicados por el Tesoro Público, en el año 2020 tres entidades fueron sancionadas por incumplir con esta obligación de examen anual por experto externo:

  1. Infracción grave y multa de 60.001€ a una entidad de juego online; por incumplimiento de la obligación de examen externo en los términos establecidos en el artículo 28 Ley 10/2010.
  2. Multa e infracción grave de 103.790€ a una entidad inmobiliaria; por incumplimiento de la obligación de examen externo en los términos establecidos en el artículo 28 Ley 10/2010.
  3. Infracción grave y multa de 60.001€ a una entidad de crédito; por incumplimiento de la obligación de examen externo en los términos establecidos en el artículo 28 Ley 10/2010.

Además, debemos tener en cuenta que la realización de auditorías exhaustivas e imparciales permiten evitar sanciones adicionales por incumplimiento de otras obligaciones establecidas en la normativa vigente. A parte de las exigencias de la Ley 10/2010; ¿qué deberían tener en cuenta los sujetos obligados a la hora de llevar a cabo estas auditorías?

El principal factor a tener en cuenta para cumplir con las exigencias anteriormente indicadas es la capacitación y experiencia del experto externo elegido. La elección de un auditor u otro es responsabilidad del sujeto obligado. Por lo que cuantas más garantías pueda ofrecer el examinador, más diligencia demostrará la organización en esta materia.

Independencia e imparcialidad para llevar a cabo un examen externo

Por otro lado, la independencia e imparcialidad es un elemento fundamental a la hora de contratar a un experto externo. La falta de independencia podría conllevar la obtención de unos resultados irreales que pongan en riesgo a la organización. Asimismo, el cambio de experto externo facilita la detección de mejoras, rectificaciones o deficiencias, aumentando la eficiencia de todo Modelo de PBCFT.

En este sentido, KEY AUDITORS ha sido la primera entidad acreditada por ENAC para verificar sistemas de PBCFT, de acuerdo con los criterios de la norma internacional UNE-EN ISO/IEC 17020. Con estas acreditaciones, los sujetos obligados disponen ya de evaluadores para verificar sus sistemas de PBCFT.

KEY AUDITORS ha demostrado que disponen de la adecuada competencia técnica e imparcialidad que realizan sus actividades de verificación de acuerdo con las mejores prácticas. Adicionalmente, nos sometemos a revisiones periódicas por parte de ENAC, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos de la acreditación obtenida.

Beneficios de los sujetos obligados

Que los sujetos obligados opten por una entidad acreditada como KEY AUDITORS conlleva los siguientes beneficios:

  • Garantías de profesionalidad y calidad. Contamos con estándares de calidad y capacitación técnica avalados por ENAC que permiten garantizar la idoneidad de nuestros auditores y los trabajos que realizamos.
  • Verificación integral del Modelo de PBCFT. Nuestra metodología de trabajo cumple con los estándares nacionales e internacionales para la efectiva valoración y examen de las medidas implementadas por los sujetos obligados.
  • Imparcialidad e independencia. Ofrecemos plenas garantías de imparcialidad e independencia en la ejecución de nuestras auditorías, analizando previamente los posibles riesgos y adoptando medidas adecuadas.
  • Seguridad. Nuestro expertise nos permite detectar posibles mejoras, rectificaciones o deficiencias del Modelo de PBCFT de nuestros clientes; ayudándoles a cumplir de manera efectiva con las obligaciones que les son aplicables.

Si está interesado en recibir más información sobre nuestros servicios de auditoría por expertos externos acreditados por ENAC, no dude en contactarnos: info@keyauditors.com

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