La Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo (LPBCFT) y el Real Decreto 304/2014 prevén la obligación de diligencia debida de identificar al titular real y adoptar las medidas necesarias y adecuadas en función del riesgo para comprobar la identidad de quién está detrás, siempre con carácter previo al establecimiento de relaciones de negocio. Así, los sujetos obligados deberán aplicar medidas de control efectivo para identificar la titularidad real.

Pero ¿sabes cómo puedes identificar la titularidad real de quién va a hacer negocios contigo?

Desde Key Auditors te lo explicamos. Como normal general, la normativa de Prevención de Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo prevé que la identificación y comprobación de la identidad del titular real podrá realizarse mediante una declaración responsable del cliente o de la persona que tenga atribuida la representación de la persona jurídica. Por eso, los administradores u otras personas jurídicas deberán obtener y mantener la información adecuada, precisa y actualizada sobre la titularidad real de las mismas.

Además, es fundamental que el sujeto obligado recopile la información necesaria adicional y suficiente como para poder evidenciar y así, verificar, la identidad y titularidad real de la persona jurídica que va a hacer negocios con nosotros.

Cuando el cliente, el titular real, la relación de negocios o la operación presenten riesgos superiores al promedio o presenten indicios de estar relacionados con cualquier operación sospechosa de blanqueo, es obligatorio que el sujeto obligado recopile toda información de fuentes fiables independientes, como por ejemplo:

  • Identificar y analizar el nivel de riesgo
  • Ficha KYC
  • Escrituras de la sociedad o certificado del Registro Mercantil
  • CIF
  • DNI o equivalente de los administradores o apoderados
  • Poderes de representación (certificado del Registro Mercantil o Escritura)
  • Justificante del origen de los fondos y verificación de las actividades declaradas
  • Identificación del titular real (Acta Notarial, Declaración responsable)
  • Ficha riesgo o autorización de aceptación
  • Ficha o documento de seguimiento del cliente
  • Chequeo en listas negras de los administradores o de la persona jurídica

Así, en vista de su importancia, el pasado 01 de febrero, el Gobierno anunció un registro que refleje la titularidad de las empresas para cumplir con la UE y evitar el blanqueo. La idea es aprobar este año un Real Decreto para dar cumplimiento a lo fijado por la UE.

La nueva norma busca cumplir la directiva europea, pero ¿qué es lo que pretende?. Ante todo, lo que busca es que los estados miembros velen por que “las sociedades y otras entidades jurídicas constituidas en su territorio obtengan y mantengan información adecuada, exacta y actualizada sobre su titularidad real”.

Desde la UE se hace hincapié en la necesidad de disponer de información precisa y actualizada sobre el titular real. Señalan, es un factor clave para la localización de los delincuentes que se dedican a ocultar su identidad tras una estructura societaria.

El Real Decreto en cuestión tendrá entre sus principales objetivos la creación del Registro de Titularidades Reales y la aprobación de su Reglamento.

¿En qué consistirá el Registro de Titularidades Reales?

En vista de la interconexión global del sistema financiero actual, la ocultación y el movimiento de fondos por todo el mundo es prácticamente imposible de controlar, y los blanqueadores de capitales y financiadores del terrorismo, junto a otros delincuentes, han explotado cada vez más esta situación.

Desde Moncloa afirman, que en dicho Registro se establecerá un “sistema de acceso público a la información sobre la titularidad real por autoridades, sujetos obligados y particulares (siempre que se pueda demostrar un interés legítimo).”

Desde KEY AUDITORS compartimos la visión de la UE sobre la importancia de contar con información precisa y actualizada sobre el titular real, y de la realización de auditorías que permitan su identificación y análisis, y es fundamental contar con las evidencias que permitan verificar con quién vamos a realizar verdaderamente negocios.

En KEY AUDITORS, como primera empresa acreditada por ENAC para la realización de exámenes de experto externo de PBCFT reunimos los anteriores aspectos y aportamos un valor añadido al realizar las auditorías externas a los sujetos obligados.