Actualmente muchas organizaciones, que por las actividades que realizan, son sujetos obligados en materia de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (PBCFT). Así, el artículo 2 de la Ley PBCFT, establece una lista de  las actividades que resultan obligadas a cumplir con la normativa en esta materia.

¿Qué implica ser sujeto obligado por la normativa en materia de PBCFT?

Aquellas organizaciones que sean sujetos obligados deberán cumplir con todas las exigencias y estándares establecido por la ley, recomendaciones de las autoridades competentes, normas internacionales, etc.  

Así, tanto la Ley y el Reglamento de PBCFT establece una serie de obligaciones de control que deberán implantar las organizaciones para la prevención de delitos en materia de BC/FT. Algunas de estas obligaciones son las siguientes:

  • Procedimiento de identificación de los clientes (personas físicas y jurídicas) de la organización mediante documentos fehacientes.
  • Procedimiento de seguimiento continuo de la relación de negocios y de las operaciones de los clientes.
  • Comunicación de aquellas operaciones que susciten sospechas de estar relacionado con BC/FT.
  • Realización de un Modelo de Prevención en el que se recoja todas las medidas, controles y procedimientos para prevenir y evitar el BC/FT.
  • Nombramiento de un Órgano de Control Interno (OCI) responsable de aplicar las políticas y procedimientos para prevenir y evitar el BC/FT.
  • Nombramiento de un Representante ante el SEPBLAC que será el responsable de informar al SEPBLAC sobre aquellas operaciones que presenten indicios de estar relacionada con BC/FT.
  • Formación a empleados y conservación de documentos.
  • Auditorías.

Sin duda esta última obligación es de las más importantes para que todas las demás obligaciones tengan efecto y no sean papel mojado. Mediante las auditorías tanto internas como externas las empresas pueden:

  • Demostrar la eficacia y adecuación de sus políticas, procedimientos y controles en la práctica.
  • Identificar debilidades en las políticas y procedimientos aplicados o falta de eficacia en los controles establecidos.
  • Subsanar a tiempo las debilidades y mejora identificadas y de esta manera evitar que se produzca un posible delito y/o sanciones cuantiosas.

Así, estas auditorías tanto las internas como las externas demuestran el buen cumplimiento de las organizaciones.

Desde KEY AUDITORS compartimos la visión del legislador sobre la importancia de la realización de auditorías, pues mediante la revisión de las políticas se puede asegurar y garantizar un mayor cumplimiento.

En KEY AUDITORS, como primera empresa acreditada por ENAC para la realización de exámenes de experto externo de PBCFT reunimos los anteriores aspectos y aportamos un valor añadido al realizar las auditorías externas a los sujetos obligados.